Guia rápida para realizar Objeción Fiscal a los gastos
militares
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Rellenar los impresos de la declaración
de renta hasta la casilla 741 (cuota resultante de la liquidación)
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Calcular el importe que se ha de
descontar. Hay dos sistemas: descontar (de la cuota líquida
total) el porcentaje dels PGE que se destina al Ministerio de Defensa,
es decir, actualmente, el 5,42%; o
bien, descontar una cantidad fija (84 €
= un euro por cada pais con deuda externa).
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Incluir este importe en alguna
de las casillas posteriores de retenciones, 742 a 753 (al
utilizar el programa PADRE usar la 751 -Plan PREVER-), tachando
el texto de la línea i escribiendo a continuación
o encima: "por objeción fiscal".
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Adjuntar a la documentación
el comprobante del ingreso del importe objetado a una entidad de
caracter social, solidaria o de paz (ONG, entidad benéfica,
entidad de promoción de los derechos humanos...).
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Adjuntar también una carta
al ministro de Hacienda i Economia donde se explica qué es
l'OF y las razones (modelo de carta instanciaof.)
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(Recomendado):Enviar los datos
personales, la cantidad objetada y el destino, al centro coordinador
de objeción fiscal ( correo electronico obfiscal@pangea.org,
web Enquesta, teléfono,
correo postal -modelo censo
-etc.). La finalidad de los datos es símplemente
estadística.
Se puede realizar la objeción fiscal
siempre, independientemente de si es "a pagar" o "a
devolver".
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